No existe base legal para realizar un Congreso Nacional de Salud
El nuevo ministro de Salud ha anunciado que convocará a un Congreso Nacional de Salud “donde las políticas de salud las hagamos todos juntos, con el personal técnico, a favor del pueblo y nuestros hospitales”. Así lo señala la nota de prensa emitida por el Minsa, a propósito de su visita al Hospital Nacional Arzobispo Loayza. También resaltó que “los puestos de salud de todo el Perú deben funcionar bien para no saturar los hospitales, por ello debemos articular un plan de trabajo a favor de la gente”.
Además, en referencia al Hospital Loayza dijo: “Vamos a ver la forma de viabilizar la posibilidad de construir un hospital moderno donde todos ustedes tengan un mejor confort, porque calidad de atención tienen por parte de todos estos profesionales”. Se comprometió a adquirir un resonador magnético, abastecer con medicamentos la farmacia y reforzar el recurso humano en el Banco de Sangre, así como impulsar el proyecto de implementación del Área de Operación de Emergencia. Por último, según la nota de prensa, ofreció crear “un grupo de trabajo con los directivos del Hospital Loayza para tener reuniones semanales y, con ayuda de los gremios de profesionales de salud, conocer los avances de los proyectos que tienen pendientes”. Estas declaraciones reflejan su visión sobre el futuro de la salud en el Perú. Una visión que genera preocupación, porque es un retorno a las concepciones sanitarias de la década de 1970.
Con relación a la realización del Congreso Nacional de Salud es necesario tomar en cuenta que mediante el Decreto Legislativo 1504 de mayo del 2020, se derogó la Ley 27813, Ley del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, promulgada en julio del año 2002, que, con algunas modificaciones posteriores, regía la participación social en salud. Sin embargo, a pesar del consenso logrado en el Foro del Acuerdo Nacional el 2015, en el documento “Los objetivos de la Reforma de Salud” que incorporó aspectos esenciales para ampliar la participación social, estos no se incluyeron en el texto del Decreto Legislativo 1504 y, por tanto, aún no existe base legal para realizar un Congreso Nacional de Salud.
En ese sentido, es necesario remarcar que el documento “Los objetivos de la Reforma de Salud” señaló, por un lado, “asegurar la participación efectiva de la ciudadanía en el diseño de las políticas de promoción, prevención, cuidado y rehabilitación de la salud, así como, en su evaluación y vigilancia en los diversos niveles del sistema de salud”; y por otro, “garantizar la realización de un Congreso Nacional de Salud bianual y autónomo, que aportará a la orientación de las políticas de salud con la participación del gobierno en sus tres niveles, de las organizaciones políticas, de la sociedad civil, de la academia, de los gremios, del sector privado y de la ciudadanía en general”. Es decir, antes de plantear la realización de un Congreso Nacional de Salud, el Gobierno debe presentar al Congreso de la República un proyecto de Ley que modifique el Decreto Legislativo 1504. Nadie se explica aún por qué el Minsa en el año 2020, lejos de ampliar la participación social, la ha restringido.
Otro aspecto es su referencia a que “los puestos de salud de todo el Perú deben funcionar bien para no saturar los hospitales…”. Una frase que demuestra su concepción de convertir a los establecimientos del Primer Nivel de Atención de Salud (centros y puestos de salud) en “anillos” de contención de la población, para que no acudan a los hospitales. Esta tarea burocrática de “contención”, implica obligar a la población a someterse a los vericuetos de las referencias (traslados) y contra referencias, aún a costa del tiempo que toman esas trabas burocráticas, que la mayoría de las veces agravan las dolencias de los pacientes. También viola el derecho humano fundamental de los pacientes, de los ciudadanos, a la libre elección. Es decir, a la libertad de elegir a su médico o al lugar de atención de su preferencia. Los países democráticos no solo promueven y crean mecanismos para lograr el acceso real a la salud, sino que lo hacen con el respeto irrestricto del derecho humano fundamental de la libre elección y del ejercicio en libertad del discernimiento clínico de los médicos. Ambos aspectos son esenciales en la gestión de salud de un gobierno democrático.
Asimismo, ha ofrecido un nuevo hospital y la compra de un resonador magnético y una serie de equipos e insumos, incluso para el Banco de Sangre, sin tomar en cuenta que estas infraestructuras y adquisiciones de alto costo deben realizarse para que funcionen bajo el mecanismo de una Red Integrada de Salud. Es inconcebible que se ofrezca fortalecer, por ejemplo, el Banco de Sangre del hospital Loayza sin tomar en cuenta que solo al cruzar la calle, al frente, se encuentra el banco de Sangre del Hospital San Bartolomé. Es obvio que sería más eficiente que trabajen en red; pero no solo esos dos bancos de sangre, sino también todos los demás.
En ese sentido se promulgó el 2018 la Ley 30885, “de conformación de Redes Integradas de Salud”, y mediante convenios con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), existe el financiamiento por US$ 350 millones para hacerlas realidad. Sin embargo, a pesar del tiempo transcurrido, aún no existe ninguna Red Integrada de Salud en funciones. Parece que el afán de comprar es tan poderoso que obnubila las decisiones de los altos funcionarios y, por tanto, eluden la eficiencia y el derecho de los ciudadanos. Encima, plantea un grupo de trabajo burocrático más, que será replicado para todos los hospitales del país. ¡Cuidado con el retroceso en salud!