Farmacias no deben tener la potestad de cambiar las recetas médicas
Hay una serie iniciativas legislativas en relación a los medicamentos que se han agrupado en un proyecto de dictamen “para promover el uso y garantizar el acceso universal a los medicamentos esenciales y genéricos”. El análisis de dicho documento evidencia que no se trata de altruismo objetivo, sino del retorno al populismo y, en consecuencia, al mercantilismo. El proyecto de dictamen se encuentra en “cuarto intermedio” en la Comisión de Salud y Población del Congreso de la República, debido a las controversias que ha generado.
El mercantilismo es una práctica que ha corroído el desarrollo de nuestro país, porque es el traspaso mañoso de fondos públicos a empresarios amigos del régimen político, al margen de la competencia. La estructura mercantilista se crea con un marco legal que, la mayoría de las veces, enarbola las necesidades de la población. El proyecto de dictamen que analizamos pretende implementar una regulación especial para el sector privado en las farmacias y boticas, además de las recetas médicas, con la finalidad de lograr “precios asequibles”.
La receta médica es el aspecto distintivo del acto médico, y un derecho de los pacientes o usuarios. La declaración de Lisboa de la Asociación Médica Mundial resalta el derecho del paciente a ser atendido por médicos que gocen de autonomía en el ejercicio del acto médico. La Ley General de Salud (N° 26842), reconoce los postulados de la Asociación Médica Mundial. La Ley N° 29414, “de los derechos de los usuarios y consumidores de los servicios de salud”, garantiza que los pacientes sean atendidos por médicos que gozan de autonomía en el discernimiento clínico. Además, la vigente Ley de Medicamentos (N° 29459), señala que el médico está obligado a recetar con el nombre genérico del medicamento y el nombre comercial; o si prefiere, solo el nombre genérico. Pero en ningún caso solo el comercial. Esta fórmula permite respetar las necesidades del paciente, con la responsabilidad profesional del médico. Es decir, el médico es responsable ante el paciente por la receta, en los fueros administrativos, civiles y penales.
Sin embargo, el proyecto de dictamen plantea que si se obliga al médico a recetar los fármacos solo con el nombre genérico se abaratarán los medicamentos. Eso es falso y perjudicial. Es obvio que los precios se fijan por más de una causa. Para obtener precios menores resultan esenciales el incremento de la oferta y la mayor competencia. En sentido inverso, subirán los precios a mayor concentración y monopolio. Este aspecto clave de nuestra economía no ha sido abordado.
El proyecto de dictamen señala que los médicos deben recetar solo en genérico y prohíbe lo que la actual Ley N° 29459 norma; es decir, que el médico prescriba el nombre genérico y la marca en modo simultáneo. Esta prohibición viola el derecho del paciente, que no tiene alternativas de elección al momento de adquirir un fármaco; y en segundo lugar, la autonomía y la responsabilidad profesional del médico frente a su paciente. Además, el proyecto aludido, obliga a las farmacias y boticas a “presentar alternativas farmacéuticas” a la receta del médico. Es decir, obliga el cambio de la receta según la conveniencia de las farmacias y boticas. Es increíble, pero es verdad: obliga. Es decir, a sabiendas de que existen cadenas de farmacias y boticas con predominio en el mercado, se les da la potestad para obligar a los pacientes a “usar alternativas terapéuticas”. Eso significa canalizar la demanda hacia la oferta de estas cadenas y, con ello, permite fortalecer esa posición de dominio. En consecuencia, es de esperar que los precios suban.
Otro objetivo altruista es la “calidad garantizada”. La mejor garantía para la buena calidad es la competencia. El uso de los medicamentos, producto del acto médico y la responsabilidad profesional, es parte de la relación del paciente y su médico. Sin embargo, debido al rol de las farmacias y boticas en la obligación de ofrecer “alternativas terapéuticas”, en esta relación médico-paciente se ha introducido un tercer agente, con características comerciales y con posición de dominio en el mercado.
Es poco probable que la Autoridad Sanitaria Nacional garantice la calidad de los productos farmacéuticos sin la colaboración estrecha de los usuarios, debido a que estos tendrán un rol pasivo en el mercado y serán convertidos en víctimas de la mala calidad. Es decir, “el tercer agente”, con características comerciales, relativizará la responsabilidad profesional del médico, porque no es imputable por un medicamento que no ha recetado. En todo caso, la responsabilidad debería recaer en la botica o farmacia que ha decidido. Y esa responsabilidad no existe.
Es necesario revisar este dictamen. Su aprobación podría generar mayor concentración del mercado farmacéutico, deterioro de la calidad, incremento de precios y desprotección de los pacientes y usuarios de los servicios de salud.