Lucha contra el dengue no debe hacerla solo el sector salud
Según el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC-Perú), “hasta la semana epidemiológica 6 (10 de febrero) se ha notificado 18,001 casos de dengue y se reportaron 21 defunciones, dentro de las cuales 10 están relacionadas directamente al dengue y las otras 11 aún se encuentran en investigación”. Asimismo señala que la tasa de incidencia por 100,000 habitantes es de 52.77. Estas cifras contrastan con las de los años anteriores, ya que durante el mismo periodo el 2023 fue de 30.82 y en el 2022 de 19.73. También contrasta el número de defunciones, que en el 2023 durante el mismo periodo había ascendido a 16.
Estas cifras han merecido una serie de comentarios: desde pesimistas, que incluyen ataques a la gestión del Ministerio de Salud; hasta optimistas, que resaltan la labor del sector salud. Esta diversidad de opiniones se debe a la evaluación o no de los determinantes sociales de salud y sus consecuencias en la tendencia creciente de casos de dengue a nivel mundial.
Un primer aspecto es que las temperaturas de la superficie de la tierra aumentan y la tendencia, si no se hace nada, es a seguir esa misma senda. Según el Instituto Nacional de Salud, “el ciclo biológico del mosquito (huevo, larva, pupa y adulto) que era de 13 a 15 días, debido al incremento del calor se acorta a tan solo 5 a 7 días; es decir, hay más mosquitos en menos tiempo”. Además, el incremento de temperatura “permite que los insectos se adapten y vivan en un mayor número de zonas”, en donde antes estos no existían”.
Esta constatación del cambio climático o del incremento de temperatura ha alterado los determinantes sociales de salud; es decir, de “las circunstancias en que las personas nacen, crecen, viven, trabajan y envejecen, incluido el sistema de salud y que tienen impacto positivo o negativo en la situación de salud de la población”. En ese contexto se ha facilitado la proliferación del mosquito, se ha expandido a nuevos lugares geográficos y se han recrudecido los episodios de inundaciones y sequías que favorecen la multiplicación del mosquito.
El segundo aspecto, como se puede apreciar, es que los determinantes sociales de salud son parte de la existencia social de los seres humanos, porque “incluye el resultado de la distribución del dinero, del poder y de los recursos a nivel mundial, nacional y local, por tanto, dependen de las políticas y de los actores que las adopten”. En ese contexto, se puede apreciar el incremento persistente, cada año, de la tasa de incidencia, desde el 2018, que era de 3.37 por 100,000 habitantes. Además, el Perú no es un caso aislado, ya que, por ejemplo, Paraguay tiene una tasa de incidencia de 1,636.92, Brasil 381.04 y Nicaragua 242.76.
La cifra de 51.9 que mantiene Perú es “buena”, si es evaluada en el contexto internacional, pero “mala” si se contrasta, aisladamente, solo con los años anteriores. Es decir, existe una tendencia al incremento de mediano y largo plazo, que escapa a la percepción, si solo se enfoca en la medición anual. En ese sentido, la gestión de las “nuevas condiciones” en que se presentan los determinantes sociales de salud, exige que las prácticas saludables se ajusten como respuesta a los nuevos requerimientos que la realidad impone. Por tanto, el nuevo rol de los actores sociales implica procesos de aprendizaje continuados para el cambio de comportamiento hacia nuevos estilos de vida saludable.
El tercer aspecto es que existe la creencia que la lucha contra el dengue es una función “exclusiva” del sector salud. En realidad, es una lucha que requiere una gran articulación multisectorial y social, con acciones operativas en el nivel local, es decir, en los distritos. Por tanto, el gran articulador y ejecutor de las políticas públicas es el alcalde distrital. Además, las funciones del alcalde están ya normadas en el artículo 80 de la Ley de Municipalidades (Ley 27972), que desarrolla las funciones de “saneamiento, salubridad y salud». En este artículo se desarrollan cada una de las funciones del alcalde sobre los determinantes sociales de salud, en consecuencia, también contra el dengue.
De los cuatro incisos del artículo 80, dos se refieren a las municipalidades provinciales y dos para las distritales. El inciso 3 está referido a las funciones exclusivas de las municipalidades distritales con cinco ítems, que, entre otros, contiene: “limpieza pública, relleno sanitario, aprovechamiento industrial de desperdicios. También regula y controla el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares públicos. Asimismo, fiscaliza y realiza labores de control respecto de la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente.
Además, entre las funciones compartidas de las municipalidades provinciales están las de “realizar campañas de medicina preventiva, primeros auxilios, educación sanitaria y profilaxis local”. Es decir, los alcaldes, están en la obligación de realizar acciones de comunicación social en salud y de vigilancia comunitaria para comprender la magnitud de las prioridades sanitarias de las comunidades del distrito. Para el caso concreto del dengue, deben realizar campañas masivas para la eliminación de los criaderos del Aedes Aegypti, así como de los residuos, desperdicios o inservibles que fungen de criaderos. Un aspecto esencial es la promoción e inversión para el acceso a los servicios de agua potable y desagüe, para evitar que, durante el proceso de almacenamiento del agua, se reproduzcan los mosquitos.
El cuarto aspecto, es el componente organizacional para la intervención de los alcaldes distritales y provinciales en los determinantes sociales de salud. En ese sentido, el Decreto Legislativo 1504 y su reglamento, señala la organización y funciones de las instancias de coordinación interinstitucional en salud, como, por ejemplo, el Comité Distrital de Salud, que se “encarga de impulsar la implementación de las políticas de salud a nivel distrital y realizar su seguimiento”. Además, el Comité Distrital de Salud (CDS) es presidido por el alcalde, y la secretaría de coordinación la ocupa el representante de la Red de Salud (RIS) o del establecimiento de mayor capacidad resolutiva. Los miembros del Comité Distrital de Salud, conformado según el Decreto Legislativo 1504, es aprobado por Ordenanza Municipal.
El quinto aspecto es el referido a la supuesta ausencia de recursos financieros para enfrentar el dengue. Como ya se ha referido, si se realizan las funciones que le corresponden al municipio, la resultante es que se evita la proliferación de los criaderos y de los mosquitos, por tanto, del dengue. Además, también se han realizado transferencias presupuestales específicas. ¡Los alcaldes y su liderazgo, contra el dengue!