Para facilitar el acceso de la población a medicamentos seguros y de calidad
El 7 de febrero del 2024 se promulgó la Resolución Ministerial 100-2024/Minsa que aprobó la directiva para la implementación de las boticas públicas FarmaMinsa, con la finalidad de contribuir al acceso de la población a medicamentos y dispositivos médicos seguros, eficaces y de calidad, en forma articulada entre el Ministerio de Salud (Minsa), los gobiernos regionales y los gobiernos locales (municipalidades), así como otras entidades públicas. Desde entonces se han inaugurado ocho establecimientos farmacéuticos, luego de la suscripción con los alcaldes de su respectivo convenio: Magdalena del Mar, Puente Piedra, Pucusana, Surco (Lomas), Surco (pueblo), Jesús María y Lurín. Y también se ha firmado un convenio con la rectora de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos para la implementación de una botica FarmaMinsa en ese centro de estudios.
La Directiva de implementación señala que el proceso es conducido por las direcciones de Redes Integradas de Salud o por las gerencias o direcciones regionales de salud, con la finalidad de ofrecer los medicamentos esenciales que son parte del Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales y sus listas complementarias, así como, los dispositivos médicos esenciales que figuran en el Petitorio Nacional Único de Dispositivos Médicos Esenciales al público usuario, en función a sus necesidades. Además, señala que la adquisición de medicamentos es realizada por las unidades ejecutoras antes aludidas, en el “marco del Sistema Integrado de Suministro Público de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (SIsmed)”, desde cuyo almacén se abastece a las boticas públicas denominadas FarmaMinsa.
Los precios de los medicamentos están condicionados a la modalidad de compra de los medicamentos. Son dos las modalidades de adquisición de los medicamentos para las boticas FarmaMinsa. La primera modalidad es a través de las compras corporativas a nivel nacional, cuya lista de precios es aprobada por el Minsa. La segunda es mediante las compras regionales o institucionales aprobadas por las regiones o las Diris que administran el Sismed (Sistema Integrado de Suministro de medicamentos y afines). El producto de las ventas conforma un fondo que es destinado “exclusivamente para financiar la adquisición de los medicamentos esenciales y dispositivos médicos esenciales y gastos operativos de acuerdo con el convenio suscrito”.
En ese sentido, los gobiernos locales (alcaldías) o las instituciones (Universidad Nacional Mayor de San Marcos u otros) “proporcionan la infraestructura, mobiliario, equipamiento y otros bienes y servicios”. Como contraparte, las direcciones de Redes Integradas de Salud o las gerencias o direcciones regionales de salud, como unidades ejecutoras que administran el Sismed, “proporcionan los recursos humanos, medicamentos esenciales y dispositivos médicos esenciales”. Asimismo, las boticas públicas FarmaMinsa utilizan el aplicativo informático del Sismed mantienen el archivo físico y magnético del flujo farmacéutico, desde la programación, el requerimiento, el ingreso, la salida, la venta, el inventario, los informes técnicos y administrativos, además de sujetarse a los reglamentos del Minsa, incluso, para el caso de los controles. Además la directiva contiene un Modelo de Convenio para la Implementación de las Boticas Públicas FarmaMinsa. Como nota curiosa, es que en lugar de colocar en el título la palabra boticas han escrito “noticas”. Es obvio que es un “error de tipeo”.
La estrategia del Minsa con relación a las boticas FarmaMinsa ha recibido algunos cuestionamientos. El primero es que se ha puesto en discusión su rol contradictorio frente al aseguramiento mercantilista (Ley 29344). Sin embargo, luego de 11 años desde que se inició el “proceso de aseguramiento” conocido por sus implicancias como mercantilista, no ha logrado cerrar la brecha frente a la exclusión de más del 23% de la población de los servicios de salud, entre los que se incluyen los de atención médica y los de medicamentos y afines. La paradoja es que “supuestamente” poseen un seguro de salud. Por tanto, ha sido necesario socorrer a la población necesitada con alguna estrategia como FarmaMinsa. En ese contexto, la crítica de aquellos que sostienen a toda costa la bandera del aseguramiento mercantilista es más ideológica que práctica o realista.
El segundo cuestionamiento está en relación con los recursos directamente recaudados o recursos propios. Como se puede apreciar, la estrategia FarmaMinsa implica la creación de un fondo que se autosostiene y crece. En ese sentido, los cuestionamientos señalan, por un lado, que no es pertinente “vender aquellos productos estratégicos que deberían suministrarse gratuitamente”. Es cierto, sin embargo, eso no se ha implementado. En consecuencia, los usuarios o pacientes se ven obligados a comprar a precios onerosos en las farmacias privadas. Por otro lado, el financiamiento para medicamentos es incierto y depende del vaivén de las decisiones de política económica por parte de las gestiones ministeriales o de los gobiernos.
En ese sentido, la creación de un fondo autosostenible para el suministro de medicamentos a bajo costo, de calidad y seguro, es una alternativa. Además, ese mismo rol cumplen las farmacias de los establecimientos farmacéuticos del sector público. Hay que señalar que esta estrategia “realista” implica, también, que el Minsa o las diversas entidades públicas del Estado mejoren sus sistemas de suministro para asegurar la dispensación o entrega gratuita de medicamentos y productos afines en los establecimientos de salud, como parte de su derecho a la salud.
El tercer cuestionamiento está en relación con el uso de los recursos directamente recaudados o propios. La creación de un fondo autosostenible y que crezca implica que los recursos que se recauden por la dispensación o venta de los medicamentos ingresen al mismo fondo con una ganancia razonable, que alcance para los gastos administrativos y para ampliar el fondo. Sin embargo, según el Decreto Supremo 043-2022-EF los fondos que se recauden como recursos directamente recaudados son depositados en una cuenta señalada por la Dirección General de Tesoro Público. Por tanto, el dinero directamente recaudado de las boticas FarmaMinsa tienen como destino al tesoro público. En consecuencia, la autosostenibilidad y el crecimiento se tornan imposibles.
En ese contexto, es necesario, por un lado, elevar a rango de ley la creación de FarmaMinsa para que se declare el presupuesto destinado a medicamentos como intangible y autónomo igual que los recursos directamente recaudados. Por otro lado, aprobar el Proyecto de Ley 7273/2023-CR que incorpora una disposición complementaria final al Decreto Legislativo 1441, “del Sistema Nacional de Tesorería”, con la finalidad de declarar la intangibilidad de los recursos directamente recaudados por 10 años de los establecimientos de salud del Minsa, sus órganos adscritos y las unidades ejecutoras en salud de los gobiernos regionales. La salud y la seguridad social como derechos humanos tienen como parte indispensable el poder de acceso a los medicamentos. ¡Cuidado con la exclusión social!