Urge derogar DL 1167 que crea el Instituto de Gestión de Servicios de Salud (IGESS)
En la practica es un nuevo ministerio.
La puesta en marcha del IGESS y la inestabilidad organizacional del Minsa.
Herberth Cuba García*
Los días 3, 4 y 5 de mayo del 2014, se ha puesto en marcha el Instituto de Gestión de Servicios de Salud a través del Decreto Supremo 093-2014-EF y las resoluciones ministeriales 328-2014/MINSA, 329-2014/MINSA y 330-2014/MINSA que disponen la transferencia del pliego 011 del Ministerio de Salud, de la ejecutora 001 y del programa presupuestal 0104: Reducción de la Mortalidad por Emergencias y Urgencias Médicas (27.6 millones de soles) y de los fondos de la Dirección de Salud, DISA V Lima Ciudad, con el cuadro de funcionarios vacante hasta F5 para que el IGESS (Pliego 137, Ejecutora 001) pueda funcionar y armar su propio equipo de gestión.
Las funciones y funcionarios de la DISA V Lima Ciudad han sido transferidos a la Dirección de Salud, DISA Lima Sur, pero, sin presupuesto. El director de la DISA Lima Ciudad ha sido designado director general de la DISA Lima Sur, porque su titular había sido cesado previamente. 16 funcionarios de confianza han sido cesados de la DISA Lima Ciudad. Los hospitales y las redes de salud a cargo de lo que fuera la DISA Lima V Ciudad han sido transferidos al propio Ministerio de Salud. Todo este proceso de reestructuración se da en el marco del Decreto Legislativo 1167 que forma parte del paquete de los 23 Decretos Legislativos llamados “Reforma de Salud”.
El Decreto Legislativo 1167 que crea el Instituto de Gestión de Servicios de Salud debiera ser derogado porque con el pretexto de quitarle la función de prestación de servicios al Ministerio de Salud, se crea un ente burocrático nuevo, llamado Instituto de Gestión de Servicios de Salud (IGESS) adscrito, paradójicamente, al propio Ministerio de Salud, re-centralizando en él, las funciones nacionales que otrora tenía el Ministerio de Salud.
Tal como señala el Decreto Legislativo, el IGESS es “competente para la gestión, operación y articulación de las prestaciones de servicios de salud de alcance nacional pre-hospitalarios y prestaciones de servicios de salud hospitalarios en los Institutos Especializados y en los hospitales nacionales, así como de las prestaciones de servicios de salud de los establecimientos de Lima Metropolitana y brinda asistencia técnica en la prestación de servicios de salud hospitalarios a los Gobiernos Regionales. Son sus órganos desconcentrados los Institutos Especializados, los Hospitales y Direcciones de Red de Salud de Lima Metropolitana y mediante Resolución Ministerial, dispondrá las acciones necesarias para garantizar la continuidad de la prestación de los servicios y demás funciones que desarrollan los Institutos Especializados, Hospitales y Direcciones de Red de Salud de Lima Metropolitana, así como del Programa “Sistema de Atención Móvil de Urgencias” (SAMU).
Es decir, a contracorriente de la lógica del actual proceso de descentralización en marcha, los establecimientos de salud que deben estar a cargo de los gobiernos regionales, incluyendo Lima Metropolitana, al crear el Instituto de Gestión de Servicios de Salud, este proceso se detiene y da marcha atrás por lo siguiente:
1. Está adscrito al Ministerio de Salud, aunque señala autonomía y su jefe institucional es designado por resolución suprema. Esto en contraposición a lo que indica el proceso de descentralización que las prestaciones sanitarias las proveen los gobiernos regionales.
2. Gestiona los institutos especializados: Instituto Materno Perinatal (Maternidad de Lima, Instituto de Oftalmología (INO), Instituto de Ciencia Neurológicas (Santo Toribio de Mogrovejo), Instituto de Salud del Niño (INSN) y el Instituto Nacional de enfermedades Neoplásicas (INEN). Mención aparte merece el INEN porque actualmente funciona como una OPE, es decir, tiene autonomía frente al Minsa. Se avizora una controversia.
3. Crea el concepto de hospitales nacionales, que estarán a su cargo. ¿Cuantos hospitales de las capitales de región volverán al nivel central, vía Instituto de Gestión de Servicios de Salud?.
4. Se hace cargo de los servicios pre-hospitalarios de todo el país. Se incluye el servicio de las emergencias (SAMU). Sin embargo, al referirse en modo muy general a los servicios pre hospitalarios que como todos sabemos engloba también las acciones de salud pública y medicina preventiva, se desprende que las estrategias sanitarias estarán a su cargo. El reglamento tanto del Decreto Legislativo 1161, “Organización y Funciones del Ministerio de Salud”, como el reglamento del Decreto Legislativo 1167 que “crea el Instituto de Gestión de Servicios de Salud” delimitarán sus competencias. Este acápite es muy serio para que el Congreso abdique de legislar y dejarlo para una norma de menor jerarquía y todavía del Ejecutivo.
5. Se hace cargo de los hospitales y las redes de salud de Lima Metropolitana.
6. Es la entidad que brindará asesoría técnica a los gobiernos regionales en la prestación de servicios de salud.
La disposición complementaria final señala que el reglamento se aprobará con decreto supremo, en 90 días, mientras tanto se normará con resoluciones ministeriales. Increíblemente, según el Decreto Legislativo 1167, el Ministerio de Salud, tiene una enorme discrecionalidad normativa que pone en riesgo la institucionalidad y los derechos de los ciudadanos. El régimen laboral será el de la ley 30057, Ley Servir y el personal que se transfiera mantendrá su régimen laboral hasta que se implemente la Ley Servir.
El esfuerzo de crear un ente paralelo al Ministerio de Salud, con el régimen laboral de la Ley Servir, no justifica el enorme gasto en burocracia. Además, la implementación del Instituto de Gestión de Servicios de Salud (IGESS) se realiza con cargo al prepuesto asignado al Ministerio de Salud, (pliego 11) sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Este trasvase de recursos en burocracia, como ya lo han hecho con el Programa de Reducción de la Mortalidad por Emergencias y Urgencias Médicas, pone en riesgo el cumplimiento de las metas sanitarias y centraliza las acciones sanitarias al nivel central.
La creación del Instituto de Gestión de Servicios de Salud es en la practica la creación de un nuevo ministerio, crea burocracia para las prestaciones de salud, duplica los riesgos, las complejidades y desarmonías ya señalados en el D.L. Nº 1161 “Organización y Funciones del Ministerio de Salud” que además crea dos vice-ministerios. La pregunta que me queda en el tintero es ¿cuantos funcionarios más ganarán entre 25 y 30 mil soles? Guardo la esperanza que la salud de los peruanos mejore a pesar de la burocracia.
Presidente de la Asociación Médica Peruana