En 15 meses ha tenido seis cambios de presidente ejecutivo
El 13 de noviembre del 2022 se ha promulgado la Resolución Ministerial 306-2022-TR que “crea el grupo de trabajo sectorial, de naturaleza temporal, con el objeto de realizar un diagnóstico del estado situacional y elaborar lineamientos para la reforma y fortalecimiento del Seguro Social de Salud -EsSalud” por un plazo de sesenta días, “que se puede ampliar, por única vez, por un plazo similar”. Dos conceptos atraen la atención y generan preocupación, el de reforma y el de fortalecimiento. El “Grupo de Trabajo” tiene por objeto “realizar un diagnóstico del estado situacional y elaborar lineamientos para la reforma y fortalecimiento del Seguro Social de Salud (EsSalud) para la mejora de la calidad y oportunidad de los prestaciones y servicios para los asegurados, la sostenibilidad financiera institucional y la generación de políticas de integridad transparencia y lucha anticorrupción”.
Las funciones del Grupo de Trabajo son, por un lado “elaborar un informe que contenga el diagnóstico situacional de EsSalud” y, por otro lado, “elaborar una propuesta de lineamientos para la reforma y fortalecimiento de EsSalud.” La Secretaría Técnica está a cargo de la Dirección de Seguridad Social y Migración Laboral del Ministerio de Trabajo, y conforman el Grupo de Trabajo, el ministro de Trabajo y como alterno el viceministro, un representante del despacho viceministerial del Gabinete de Asesores, de la Dirección General de Trabajo, de la Secretaría General, de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Trabajo (CNTPE), de la Dirección de investigación Socio Económico Laboral, así como, dos representantes de EsSalud, cuatro representantes de los consejeros del Consejo Directivo de EsSalud (Uno de la media y gran empresa y otro de la pequeña y microempresa, así como uno en representación de los trabajadores del régimen laboral público y privado, y otro en representación de los pensionistas).
Como se puede apreciar, son catorce miembros. De ellos, 10 son designados de “confianza” por el ministro de Trabajo, y los otros cuatro son del Consejo Directivo de EsSalud. Además, el presidente del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE) es el ministro, por tanto es quien designa, al “profesional a cargo” de la Secretaría Técnica del Consejo (CNTPE); pero su función es solo la de “dirigir y coordinar los servicios administrativos y técnicos”. Sin embargo, y en contra de su función, ahora en el Grupo de Trabajo emitirá opinión y decidirá los destinos de EsSalud.
Asimismo, la dirección de Seguridad Social y Migración Laboral tiene doble representación, como miembro del Grupo de Trabajo y también como Secretaría Técnica. La desproporción entre los funcionarios de confianza del gobierno y la de los gremios empresariales es abismal, y su participación parece que será solo de “comparsa” frente a las decisiones del gobierno. Sobre todo, en momentos en que se debate la unificación del Ministerio de Salud (Minsa) con EsSalud y la adscripción de EsSalud al Minsa.
Tampoco se puede pasar por alto, la exclusión expresa de la participación del presidente ejecutivo de EsSalud o de los otros cinco miembros del directorio de EsSalud que no han sido incorporados en el Grupo de Trabajo. Los gremios empresariales y sindicales deberán evaluar qué es lo que ha motivado que hayan escogido a unos en detrimento de otros miembros y si fuera necesario derogar la Resolución Ministerial 306-2022-TR.
La justificación que blande el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para la creación del Grupo de Trabajo es “la atención a la problemática existente en el Seguro Social (EsSalud), que viene afectando la gestión, administración y el otorgamiento de las prestaciones de la seguridad social por lo que resulta necesario adoptar medidas destinadas para su fortalecimiento y hacer posible el cumplimiento de sus fines institucionales”. Sin embargo, como se puede apreciar, esta justificación es violatoria de la autonomía constitucional que ampara a EsSalud.
Por otro lado, una de las áreas programáticas del Ministerio de Trabajo, entre otras 10, es la seguridad social; pero dentro de las competencias exclusivas que posee el Ministerio de Trabajo, según el artículo 5 de la Ley 29381, es solo en la políticas nacionales y sectoriales, en una serie de materias, entre las que se incluye, a la seguridad social. Es decir, no tiene autorización legal para inmiscuirse en “la gestión, administración y el otorgamiento de las prestaciones” de EsSalud. En ese sentido, debe considerarse la diferencia sustancial que existe entre EsSalud y la seguridad social, que es un sistema basado en cotizaciones o mediante impuestos que garantiza el derecho a la salud (prestaciones médicas o sanitarias, económicas y sociales), las pensiones, el desempleo, prestaciones sociales, que la legislación peruana ha dispuesto que se brinden mediante distintas instituciones. Por ejemplo, las pensiones mediante la ONP y las AFP, el desempleo, mediante la CTS, y algunas prestaciones económicas y sociales mediante el Ministerio de Inclusión Social, entre otros.
En ese sentido, EsSalud, solo tiene a cargo la “seguridad social en salud”; es decir, de las prestaciones médicas y sanitarias, de las prestaciones económicas y de las prestaciones sociales para otorgar poder de acceso a la salud a toda la masa laboral que trabaja en relación de dependencia y cuyas empresas cotizan a cuenta de la planilla de cada trabajador. En ese contexto el Ministerio de Trabajo ha equivocado su participación, que debería estar relacionada con la propuesta de políticas públicas para universalizar la seguridad social, sin entrometerse en la gestión o administración de EsSalud.
El gobierno parece no darse cuenta de la magnitud del daño que ha ocasionado, y que ahora denomina “problemática existente en el Seguro Social – EsSalud, que viene afectando la gestión, administración y el otorgamiento de las prestaciones de la seguridad social”, por haber realizado en 15 meses seis cambios de presidente ejecutivo y de miembros representantes del gobierno en el directorio de EsSalud; que en la práctica ha significado el descabezamiento de EsSalud debido a la ausencia de dirección, coherencia y articulación en su gestión o administración. Además, tampoco ha revisado los diversos estudios situacionales ya realizados, con los mismos objetivos que señala la Resolución Ministerial 306-2022-TR, como, por ejemplo, del Banco Mundial, de la OIT, y los informes de la calificadora Fitch, entre otros. ¡Cuidado con EsSalud!